(PROHIBESE LA CONFECCIÓN Y LA CIRCULACIÓN EN EL TERRITORIO NACIONAL DEL MAPA DE NICARAGUA)
DECRETO EJECUTIVO No. 724, Aprobado el 08 de Febrero de 1954
Publicado en La Gaceta No. 32 del 09 de Febrero de 1954
El Presidente de la República,
en uso de sus facultades, y
Considerando:
Que se tiene conocimiento de la constante publicación y circulació ;n en territorio nacional del Mapa de Nicaragua, alterando visiblemente su comprensión territorial, lo que afecta la realidad de sus derechos; por lo que se hace necesario dictar medidas que eviten tales abusos.
Decreta:
Artículo 1.- Queda terminantemente prohibida la confección y la circulación en el territorio nacional del Mapa de Nicaragua, con cualquier fin, que no se ajuste a las especificaciones del Mapa adoptado provisionalmente como oficial, por Decreto Ejecutivo No. 658, del 25 de Julio de 1953.
Artículo 2.- La infracción del presente Decreto, fuera del decomiso que harán las autoridades de tales mapas, será sancionada por la ley.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará a regir desde su publicación en “ La Gaceta”.
Dado en Casa Presidencial.-Managua, D. N., a los ocho días de Febrero de mil novecientos cincuenta y cuatro.- A. SOMOZA.-El Ministro de la Gobernación, M. Salmerón.