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Legislación de Nicaragua
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_Publicación oficial
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Soberania y Seguridad Alimentaria y Nutricional

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(CREAR EL COMITÉ NACIONAL DE LA ORGANIZACIÓN DE ALIMENTOS Y AGRICULTURA DE LAS NACIONES UNIDAS-FAO)

DECRETO EJECUTIVO N°. 4, aprobado el 17 de diciembre de 1947

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 3 del 07 de enero de 1948

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

DECRETA:

Primero.- Crear el Comité Nacional de la Organización de Alimentos y Agricultura de las Naciones Unidas (FAO).

Segundo.- Integrar ese Comité en la siguiente forma: Presidente, el Ministro de Relaciones Exteriores; Vocales, el Ministro de Agricultura, el Gerente General del Banco Nacional de Nicaragua y el Director General de Estadística; y Secretario, el Jefe del Departamento Diplomático del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Tercero.- Las funciones del Comité serán las siguientes:

1) Preparar el informe anual sobre progresos y programas;

2) Proveer lo necesario para que se contesten las preguntas que haga la FAO;

3) Preparar el material para el uso de la delegación nacional que asista a las conferencias y reuniones de la FAO;

4) Servir de enlace con las organizaciones e instituciones nacionales no gubernamentales que tengan relación con el trabajo de la FAO;

5) Divulgar información respecto a la FAO;

6) Recibir y ayudar a las misiones técnicas y miembros del personal que envíe la FAO a Nicaragua;

7) Auxiliar a la FAO a establecer contacto con investigadores científicos y expertos técnicos nicaragüenses; y

8) Asegurar que Nicaragua utilice en toda su capacidad los servicios de la FAO y que proporcione a esta organización todo el material disponible que pueda serle útil.

Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, diez y siete de Diciembre de mil novecientos cuarenta y siete.- V.M. ROMÁN.- El Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Alejandro Montiel Arguello.
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