(PRÓRROGA A LA LEY DE INQUILINATO)
Decreto Legislativo No. 12 Aprobado 29 de Agosto de 1950
Publicado en La Gaceta No. 181 del 30 de Agosto de 1950
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, a sus habitantes,
SABED:
La Asamblea Nacional Constituyente, ha ordenado lo siguiente:
Decreto No.12
La Asamblea Nacional Constituyente, en funciones de Cuerpo Legislativo ordinario
Decreta:
Artículo 1º.- Prorrogase por un año más a contar del día 31 de Agosto del corriente año, el Decreto No. 92, dictado por el Congreso Nacional el día 31 de Agosto de 1948, que reglamenta las cuestiones relativas a inquilinato, así como también su aclaratoria según Decreto No. 101 de 21 de Octubre del mencionado año de 1948.
Artículo 2º.- Esta ley empezará a regir desde el mismo día de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente.- Managua, D. N., 29 de Agosto de 1950.- Luis A. Somoza, Presidente.- Ig. Román, Secretario.- M. F. Zurita, Secretario.
Por Tanto: Ejecútese.-Casa Presidencial.- Managua, D. N., 30 de Agosto de 1950.- A. SOMOZA, Presidente de la República.- M. Salmerón, Ministro de la Gobernación y Anexos.