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CRÉASE ORDEN NACIONAL MIGUEL LARREYNAGA
DECRETO EJECUTIVO N°. 1491, aprobado el 10 de Septiembre de 1968
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 211 del 16 de septiembre de 1968
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
DECRETO N°. 1491
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
DECRETAN:
Artículo 1.- Créase la Orden Nacional Miguel Larreynaga que se otorgará a nacionales y extranjeros por relevantes méritos o importantes servicios prestados a la Patria o a la humanidad, mediante Acuerdo Ejecutivo dictado en el ramo de Relaciones Exteriores.
Artículo 2.- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, reglamentará el presente Decreto, estableciendo los distintos grados y sus insignias, así como las condiciones para su otorgamiento.
Artículo 3.- Esta Ley entrará en vigor desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., 3 de Septiembre de 1968. - Orlando Montenegro Medrano. D. Presidente - Irma Guerrero Chavarría. D. Srio. - Orlando Trejos Somarriba. D. Srio.
Al Poder Ejecutivo. - Cámara del Senado. Managua, D. N., 10 de Septiembre de 1968. - Constantino Mendieta Rodríguez, S. P. - Gustavo F. Chávez, S. S. - Juan B. Briceño, S. S.
Por Tanto, Ejecútese. Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, quince de Septiembre de mil novecientos sesenta y ocho. A. SOMOZA D. - El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Lorenzo Guerrero.