Sin Vigencia
CRÉASE ORDEN NACIONAL MIGUEL LARREYNAGA
DECRETO EJECUTIVO N°. 1491, aprobado el 10 de Septiembre de 1968
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 211 del 16 de septiembre de 1968
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
DECRETO N°. 1491
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
DECRETAN:
Artículo 1.- Créase la Orden Nacional Miguel Larreynaga que se otorgará a nacionales y extranjeros por relevantes méritos o importantes servicios prestados a la Patria o a la humanidad, mediante Acuerdo Ejecutivo dictado en el ramo de Relaciones Exteriores.
Artículo 2.- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, reglamentará el presente Decreto, estableciendo los distintos grados y sus insignias, así como las condiciones para su otorgamiento.
Artículo 3.- Esta Ley entrará en vigor desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., 3 de Septiembre de 1968.
Orlando Montenegro Medrano. D. Presidente
Irma Guerrero Chavarría. D. Srio.
Orlando Trejos Somarriba. D. Srio.
Al Poder Ejecutivo. - Cámara del Senado. Managua, D. N., 10 de Septiembre de 1968.
Constantino Mendieta Rodríguez, S.P.
Gustavo F. Chávez, S.S.
Juan B. Briceño, S.S.
Por Tanto, Ejecútese. Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, quince de Septiembre de mil novecientos sesenta y ocho. A. SOMOZA D.
El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Lorenzo Guerrero.