LEYES DE ADUANAS Y PUERTOS, UN NUEVO CÓDIGO
CIRCULAR ADMINISTRATIVA No. 167
Aprobada el 15 de Mayo de 1928
Publicada en La Gaceta No. 114 del 22 de Mayo de 1928
Señores Administradores de Aduana:
1.- Una nueva codificación de las leyes vigentes de la República de Nicaragua que rigen a las aduanas y a los puertos, ha sido preparada por el Recaudador General de Aduanas, con el nombre de “Leyes de Aduanas y Puertos, Comercio Marítimo y Buques de la República de Nicaragua.”
Se han incluido también en este trabajo las leyes que rigen al comercio marítimo, buques y nacionalización de los mismos, embarques, cónsules, cabotaje, inmigración, faros, prácticos, muelles y sanidad de los puertos.
2.- Esta obra se adopta para servicio de la Recaudación General de Aduanas y de las Aduanas, y de todos los que tengan negocios con ellas. Sustituirá a las recopilaciones y publicaciones de leyes de la materia anteriores a la presente.
3.- Referencias a las leyes, decretos y órdenes que afectan las Aduanas, comercio marítimo, etc., se harán citando el correspondiente artículo o artículos de las leyes de Aduanas y Puertos, así: (LL. de AA. y PP., Art. ________)4.- Al final de la obra se da un índice completo, siendo fácil para todos su uso o referencia.
El Recaudador General de Aduanas, CLIFFORD D. HAM.