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APROBACIÓN DEL ACUERDO EJECUTIVO DEL ESTADO DE SITIO Y SU PRÓRROGA
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 09 de febrero de 1915
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 33 del 09 de febrero de 1915
El Presidente de la República,
a sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
DECRETAN:
Único – Apruébase el acuerdo ejecutivo de nueve de diciembre de mil novecientos catorce, que declara la República en estado de sitio; y subsistiendo las causas que lo motivaron, se prorroga por el término de ley.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara Senado – Managua, 5 de Febrero de 1915 – J. DEMETRIO CUADRA, S. P. – VICENTE ROMÁN, S. S. – J. LEOPOLDO SALAZAR, S. S.
Al Poder Ejecutivo – Cámara de Diputados, Managua, 9 de Febrero de 1915 – MÁXIMO H. ZEPEDA, D. P. – SATURNINO ARANA, D. S. – E. HENRÍQUEZ, D. S.
Por tanto: Ejecútese – Casa Presidencial – Managua, nueve de Febrero de mil novecientos quince – ADOLFO DÍAZ – El Ministro de la Guerra y Marina, encargado accidentalmente del Despacho de la Gobernación – J. A. URTECHO.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.