SE DEJA LIBRE DE TODO GRAVAMEN IMPORTACIONES DE EQUIPOS PARA IRRIGACIÓN A FAVOR AGRICULTURA.
DECRETO No 25, Aprobado el 4 de Marzo de 1960
Publicado en La Gaceta No 62 del 15 de Marzo de 1960
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:
En uso de las facultades que le confieren el Arto. 23 del Código Arancelario de Importaciones,
DECRETA:
Artículo 1. Declare libre de todo gravamen especifico y Advalorem la importación de equipos mecanices para irrigación de tierras con fines agrícolas, tramitándose la libre introducción mediante solicitud que pruebe el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico.
Articulo 2.- El presente Decreto entrara en vigor desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial pero sus beneficios son aplicables a cualquier importación cuyos impuestos aduaneros estén pendiente de la liquidación o pago por plazo ordinario, o por prorrogas de plazo concedidas.
Dado en Casa Presidencial.- Managua, D.N., a los tres días del mes de Marzo de mil novecientos sesenta.- (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) J. C. H. HUECK, Ministro de Hacienda y Crédito Público.