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Legislación de Nicaragua
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_Publicación oficial
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
SE DEJA LIBRE DE TODO GRAVAMEN IMPORTACIONES DE EQUIPOS PARA IRRIGACIÓN A FAVOR AGRICULTURA.

DECRETO No 25, Aprobado el 4 de Marzo de 1960

Publicado en La Gaceta No 62 del 15 de Marzo de 1960

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:

En uso de las facultades que le confieren el Arto. 23 del Código Arancelario de Importaciones,

DECRETA:

Artículo 1. Declare libre de todo gravamen especifico y Advalorem la importación de equipos mecanices para irrigación de tierras con fines agrícolas, tramitándose la libre introducción mediante solicitud que pruebe el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico.

Articulo 2.- El presente Decreto entrara en vigor desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial pero sus beneficios son aplicables a cualquier importación cuyos impuestos aduaneros estén pendiente de la liquidación o pago por plazo ordinario, o por prorrogas de plazo concedidas.

Dado en Casa Presidencial.- Managua, D.N., a los tres días del mes de Marzo de mil novecientos sesenta.- (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) J. C. H. HUECK, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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