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Sin Vigencia
SE RESTABLECE LA LEY ELECTORAL REFORMATORIA DE 26 DE JULIO DE 1930
DECRETO EJECUTIVO N°. 191, aprobado el 21 de julio de 1932
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 155 del 22 de julio de 1932
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de las facultades que le confiere el Art. 111, inciso 2° y 33 de la Constitución,
CONSIDERANDO:
Que está próxima la fecha de elección general de Autoridades Supremas de la República, y se hace necesario fijar en el presente decreto la ley que ha de regir dicha elección;
CONSIDERANDO:
Que con el decreto de 26 de julio de 1930, quedaron suspensos, modificados, adicionados o reformados algunos artículos de la Ley Electoral,
DECRETA:
1.- Queda restablecida en toda y vigor, para las elecciones generales de Autoridades Supremas de la República, la referida Ley Electoral reformatoria de 26 de julio de 1930.
2.- Esta ley comenzará a regir desde su publicación en La Gaceta Oficial.
Dado en la Casa Presidencial.- Managua, D. N., a los veintiún días del mes de julio de 1932.- MONCADA.- ANTONIO FLORES VEGA, Ministro de la Gobernación y Anexos.