Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Leyes
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LEGISLACIÓN TRIBUTARIA COMÚN REFORMAS AL DECRETO No. 713 DE 30 DE JUNIO DE 1962

"DECRETO No. 742. Aprobado el 30 de Agosto de 1962.

Publicado en La Gaceta No. 199 del 31 de Agosto de 1962.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

a sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Artículo 1.- Se hacen las siguientes reformas al Decreto No. 713, de 30 de Junio de 1962, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 146, de fecha 30 de Junio de 1962, el cual contiene la Legislación Tributaria Común:
Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigor a partir del día uno de Septiembre de 1962, y deberá publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, Managua, D. N., 30 de Agosto de 1962.- (f) J. J. Morales Marenco.- D. P.- (f) José Zepeda Alaníz, D. S.- (f) Manuel F. Zurita.- D. S.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado, Managua, D. N., 30 de Agosto de 1962.- (f) José María Zepeda C.- S. P.- (f) Pablo Rener.- S. S.- (f) Enrique Belli.- S. S.

Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial, Managua, D. N., 31 de Agosto de 1962.- (f) - LUIS A. SOMOZA D,- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.- (f) KART J. C. H. HÜECK.- MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO".

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