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AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA SUSCRIBIR CON EL BCIE CONTRATO DE PRÉSTAMO N°. 2050, PARA FINANCIAR PARCIALMENTE EL PROYECTO “PROGRAMA NACIONAL DE ELECTRIFICACIÓN SOSTENIBLE Y ENERGÍA RENOVABLE PARA NICARAGUA”
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa
ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 183-2011, aprobado el 31 de agosto de 2011
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 166 del 2 de septiembre de 2011
El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
CONSIDERANDO
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Que en cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo Humano (PNDH) es prioridad del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN), impulsar la transformación de la matriz energética en el mediano y largo plazo, disminuyendo la dependencia del petróleo y aumentando de forma significativa la participación de los recursos energéticos renovables (potencial hídrico, geotérmico, solar, eólico y biomasa) y la promoción de la eficiencia energética, para contribuir al desarrollo socioeconómico de las áreas urbana y rural del país.
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Que en el marco del cambio de la matriz energética en Nicaragua, el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN) a través del Ministerio de Energía y Minas (MEM) ha diseñado una política energética basada en tres ejes estratégicos: La Ampliación de la Capacidad de Generación Eléctrica, Electrificación Rural, y el Ahorro y la Eficiencia Energética. Para la implementación de dicha política el GRUN solicitó al Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) cofinanciar el "Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable (PNESER)", aprobado por el Directorio del BCIE, mediante Resolución No. DI-116/2010 del 29 de Septiembre de 2010.
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Que en la gestión de recursos para financiar la modificación de la matriz energética, el GRUN tiene avance en las negociaciones con varios Organismos para el cofinanciamiento del "Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable (PNESER)", entre los cuales se encuentran: Banco Interamericano de Desarrollo (BID); Banco Mundial (BM); Cooperación Financiera Internacional (IFC); Fondo para el Desarrollo Internacional de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OFID); Banco de Exportación-Importación de Corea (EXIMBANK); Agencia Española para la Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID); Fondo de Inversiones para América Latina (LAIF); Banco Europeo de Inversiones (BEI); Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE); Fondo Nórdico Para el Desarrollo (FDN); Aporte de Terceros y una contrapartida local (GNI).
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
ACUERDA
Artículo 1. Se autoriza al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), el Contrato de Préstamo No. 2050 por un monto de Setenta y Cinco Millones de Dólares Netos (US$ 75,000,000.00), moneda de los Estados Unidos de América, para financiar parcialmente el "Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable para Nicaragua" (PNESER), ejecución a cargo del Ministerio de Energía y Minas (MEM) y la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL).
Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro en la suscripción del Contrato de Préstamo No. 2050, referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).
Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día treinta y uno de Agosto del año dos mil once. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.