Enlace a Legislación Relacionada
CREACIÓN DE PREMIO NACIONAL DE HUMANIDADES
DECRETO EJECUTIVO N°. 36-97, aprobado el 17 de junio de 1997
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 120 del 26 de junio de 1997
DECRETO N°. 36-97
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que es deber del Estado reconocer, promover y honrar los valores culturales que constituyen parte del patrimonio de la Nación.
II
Que Nicaragua ha sido fecunda en mujeres y hombres que han aportado al desarrollo del arte literario, musical, visual, danzario e industrial.
III
Que Nicaragua ha sido pródiga en humanistas forjadores del pensamiento y de la conciencia nacional.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO DE:
PREMIO NACIONAL DE HUMANIDADES
Artículo 1.- Crear el PREMIO NACIONAL DE HUMANIDADES que entregará el Presidente de la República en ceremonia publica, a aquellas personas que se hayan distinguido y hayan aportado en todas las artes y ciencias del espíritu, tanto de Nicaragua como de otros países que mantengamos relaciones.
Artículo 2.- Dicho premio consistirá en una placa conmemorativa y en la cantidad de Cinco Mil Dólares en efectivo ($5.000.00).
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el diecisiete de Junio de mil novecientos noventa y siete.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Presidente de la República de Nicaragua.- LORENZO GUERRERO, Ministro de la Presidencia