Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
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_Publicación oficial
Categoría normativa: Leyes
Materia: S/Definir
LEY N°. 146, (PRORRÓGASE LA LEY DE INQUILINATO CIVIL)
Aprobado el 21 de Septiembre de 1955
Publicado en La Gaceta No. 216 del 23 de Septiembre de 1955


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

a sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 146

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua.

Decretan:

Artículo 1°.- Prorrógase por el tiempo que dure el Estado de Emergencia Económica, la Ley de Inquilinato vigente, publicada en <La Gaceta>, Diario Oficial, No. 220, de 24 de Septiembre de 1953.

Artículo 2°.- La presente Ley entrará en vigor desde su publicación en <La Gaceta>, Diario Oficial y deroga cualquier disposición que se le oponga.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. - Managua, D. N., 8 de Septiembre de 1955. - Ulises Irías, D. P. - H. Zúniga Padilla, D. S. - Salv. Castillo, D. S.

Al Poder Ejecutivo, Cámara del Senado, Managua, D. N., 21 de Septiembre de 1955. A. Abaunza E., S. P. - P. Rener, S. S. - Paulino Norori, S. S.

Por Tanto: Ejecútese. - Casa Presidencial.-Managua, D. N., veintiuno de Septiembre de mil novecientos cincuenta y cinco. - A. SOMOZA, Presidente de la República. - M. Buitrago Aja, Ministro de la Gobernación y Anexos, por la ley.

Observación: La Ley N°. 146, (Prorrógase la Ley de Inquilinato Civil), fue derogada por la Ley N°. 281 Ley de Inquilinato, publicada el 01 de noviembre de 1957.
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