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Sin Vigencia
SUSPÉNDESE EN SUS EFECTOS LA LEY DE SORTEO MILITAR EMITIDA EL 21 DE SEPTIEMBRE DE 1901
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 1° de septiembre de 1903
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 2031 del 12 de septiembre de 1903
La Asamblea Nacional Legislativa de la República de Nicaragua,
DECRETAN:
Art. 1º - Suspéndese en sus efectos la ley de sorteo militar emitida el 21 de septiembre de 1901.
Art. 2º - Los milicianos que hubiesen incurrido en responsabilidades de acuerdo con la ley citada, quedan indultados de la pena á que se les hayan impuesto.
Art. 3º - Los milicianos que están de alta conforme á dicha disposición, cumplirán seis meses de servicio.
Art. 4º - Mientras de dicte la ley que deba sustituir á la del sorteo militar, quedan en rigor las que anteriormente regían.
Art. 5º - El presente decreto empezará a tener efecto desde su publicación.
Dado en el Salón de Sesiones – Managua, 1º de Septiembre de 1903 - Sebastián Salinas, D.P. - L. Rodríguez, D.S. – Alberto Miranda Somoza, D.S.
Ejecútese – Palacio Nacional – Managua, 3 de Septiembre de 1903 – J. S. Zelaya- El Ministro de la Guerra, por la ley – Julio C. Bonilla.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.