Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Turismo
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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(ENCARGUESE A LA COMPAÑÍA INDUSTRIAL CINEMATOGRÁFICA CENTRO AMERICANA S.A., LA ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y EJECUCIÓN DE TODAS LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL TURISMO DE NICARAGUA)

DECRETO EJECUTIVO N°. 9-D, aprobado el 17 de enero de 1947

Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 45 del 28 de febrero de 1947

El Presidente de la República,

Considerando:

Que es de necesidad dar mayor desarrollo a las actividades turísticas en Nicaragua, presentando toda clase de facilidades a los viajeros para que puedan conocer el país en sus diferentes manifestaciones; y que la Compañía “Industria Cinematográfica Centro Americana S. A.” ha ofrecido espontáneamente al Gobierno decidida cooperación para este efecto.

Decreta:

Art. 1º. Encargar a la Compañía Industrial Cinematográfica Centro Americana S. A. la administración, operación y ejecución de todas las actividades relacionadas con el Turismo de Nicaragua, con todas las atribuciones que corresponden a la Junta de Turismo, según el reglamento respectivo.

Art. 2º. La Compañía encargada del Turismo estará, para estos efectos, bajo el inmediato y estricto control del Ministerio de Fomento y OO. PP. y se sujetará a lo disponga el reglamento mencionado.

Art. 3º. El presente Decreto comenzará a regir desde su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial y dejará toda disposición que se le oponga.

Dado en Managua, D. N., a los diecisiete días del mes de Enero de mil novecientos cuarenta y siete.- A. SOMOZA.- El Secretario de Estado en el Despacho de Fomento y Obras Públicas, Humberto Torres M.
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