REFORMAS AL REGLAMENTO INTERIOR DE LAS ESCUELAS NACIONALES Y PARTICULARES DE CONTADORES PÜBLICOS
DECRETO NO. 4, Aprobado el 13 de Abril de 1966
Publicado en La Gaceta No. 84 del 19 de Abril de 1966
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer normas definidas, que regulen los estudios para Contador Público, en forma que aseguren la capacitación adecuada de los aspirantes al Título correspondiente de la carrera;
CONSIDERANDO:
Que es de imperiosa necesidad dotar a la carrera de Contaduría Pública, de un Plan de Estudios acorde con la importancia que universalmente tiene la misma, y con al grado de evolución qua ha alcanzado en el país;
CONSIDERANDO:
Que el actual Reglamento no está de acuerdo con los avances de las ciencias contables y la realidad nacional y que el Ministerio de Educación Pública está estudiando reformas a dicho Reglamento, por lo que se hace indispensable modificar el Plan de Estudios vigente, como primera providencia;
DECRETA:
Único: Reformar el Artículo 2 del Reglamento Interior de las Escuelas Nacionales y Particulares de Contadores Públicos de 14 de Mayo de 1954, el cual se leerá así:
"Los estudios profesionales para la carrera de Contador Público, previos a la obtención del Título correspondiente, se realizaran en cinco años lectivos, de conformidad con el siguiente Plan de Estudios:
Primer Año
1. Contabilidad General I ……..5
2. Matemáticas I...………………3
3. Principios da Derecho………3
4. Estadística……………….......4
5. Castellano……………………3
6. Inglés I………………………...3 21
Segundo Año
1. Contabilidad General II…………….5
2. Derecho Mercantil…………............3
3. Principios de Economía………..….3
4. Matemáticas II……………..……….3
5. Geografía Económica en Gene
ral y en Especial de Nicaragua……3
6. Inglés II………………………………3…. 20
Tercer Año
1. Contabilidad General III………………5
2. Economía Monetaria y Bancaria……3
3. Principios de Hacienda Pública
y Legislación Tributaria……………....4
4. Derecho Mercantil II…………………..3
5. Organización y Administración
de Empresas…………………………..3
6. Historia del Comercio………………...2…20
Cuarto Año
1. Auditoría……………………………….. 4
2. Contabilidad de Costos……………….4
3. Matemática Financiera y Actuarial…..3
4. Finanzas Privadas…………………….3
5. Principios de Derecho Constitu-
cional y de Derecho Administrativo…3
6. Derecho Económico y Derecho
Laboral…………………………………3…20
Quinto Año
1. Auditoría II……………………………..5
2. Contabilidades Especiales………….3
3. Análisis e Interpretación de
Estados Financieros………………….3
4. Sistemas de Contabilidad……………3
5. Seminarios de Contabilidad…………4
6. Ética Profesional y Tesis…………….2…20
El presente Decreto será reglamentado tan pronto como sea posible por el Ministerio de Educación Pública, de acuerdo con los estudios que el Consejo técnico de esa Dependencia está actualmente realizando.
Este Decreto surte efectos de Ley a partir de esta fecha y deberá ser publicado en "La Gaceta", Diario Oficial.
Comuníquese.- Publíquese.- Managua, D.N., 13 de Abril da 1966,-RENE SCHICK, Presidente de la República.- José Sansón Terán, Ministro de Educación".