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DECLÁRASE MONUMENTO HISTÓRICO EL TEATRO MUNICIPAL DE LEÓN
DECRETO A.N. N°. 27, aprobado 16 de noviembre de 1950
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 259 del 06 de diciembre de 1950
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes,
SABED:
Que la Asamblea Nacional Constituyente,
ha ordenado lo siguiente:
Decreto N°. 27
La Asamblea Nacional Constituyente de la república de Nicaragua, en funciones de Cuerpo Legislativo ordinario,
Decreta:
Artículo 1º.- Declarase monumento histórico el Teatro Municipal de León.
Artículo 2º.- Su reparación y conservación serán por cuenta del Estado.
Artículo 3º.- Esta ley empezará a regir desde su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente. - Managua, D. N., 16 de Noviembre de 1950. - J. J. Sánchez R., Presidente. - Ig. Román, Secretario. - Gustavo Manzanares, Secretario.
Por Tanto: Ejecútese. - Casa Presidencial.-Managua, D. N., 17 de Noviembre de 1950. - A. SOMOZA. - Presidente de la República. - M. Salmerón, Ministro de la Gobernación y Anexos.