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Sin Vigencia
DECLARASE LA GUERRA AL IMPERIO DEL JAPÓN
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA N°. 35, aprobada el 09 de diciembre de 1941
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 269 del 11 de diciembre de 1941
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
RESOLUCIÓN N°. 35
LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
RESUELVEN:
Artículo 1.- Desde el día ocho del corriente, existe el estado de guerra entre la República de Nicaragua y el Imperio del Japón.
Artículo 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que declare la guerra a cualquiera Potencia no americana que cometa actos de agresión contra alguna de las Repúblicas Americanas o les declare la guerra.
Artículo 3.- Se autoriza igualmente al Poder Ejecutivo para que dicte todas aquellas medidas que a su juicio sean necesarias para la propia defensa y cooperación defensiva de todas y cada unas de las Repúblicas Americanas.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, Managua, D. N., 9 de Diciembre de 1941.- A. Abaunza E., D. P. - C. Irigoyen, D. S. J. Crist. Rodríguez Z., D. S. (Sello Cámara de Diputados).
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado, Managua, D. N., Diciembre 9 de 1941.- Onofre Sandoval, S. P.- Carlos A. Morales, S. S.- J. Solórzano Díaz, S. S. (Sello Cámara del Senado).
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 10 de Diciembre de 1941.- A. SOMOZA, Presidente de la República, (Gran Sello Nacional). MARIANO ARGUELLO, Secretario de Relaciones Exteriores. (Sello de RR. EE.)
NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.