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(RECONOCER Y APROBAR COMO RESERVA SILVESTRE PRIVADA LA PROPIEDAD DENOMINADA FINCA BOSQUES DE SAN ANDRÉS, PROPIEDAD DEL SEÑOR ENRIQUE JOSÉ GÓMEZ TORUÑO, CONFORMADA POR UN TOTAL DE 80 HA. DE LAS CUALES 23 HECTÁREAS, ESTÁN SIENDO DESTINADAS COMO RESERVA SILVESTRE PRIVADA)
RESOLUCION MINISTERIAL N°. 13-2019, aprobada el 9 de diciembre de 2019
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 06 del 13 de enero de 2020
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES
(MARENA)
RESOLUCION MINISTERIAL N°. 13-2019
La Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales en uso de las facultades que le otorga la Ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO
I
Que es deber del Estado y particularmente del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), apoyar e integrar a los ciudadanos y pobladores en la gestión ambiental, a fin de proteger y conservar los Recursos Naturales existentes en el territorio nacional.
II
Que las reservas silvestres privadas, constituyen áreas privadas destinadas para la conservación de la biodiversidad y ecosistemas representativas, reconocidos por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 del Decreto 01-2007 Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua.
III
Que se ha cumplido con los criterios y procedimientos administrativos aprobados por el MARENA para el reconocimiento de Reservas Silvestre Privadas, según consta en el expediente que para tales efectos se lleva y administra en la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA).
IV
Que habiéndose Revisado documentación técnica y jurídica se ha constatado que la propiedad conocida como Finca Bosques de San Andrés Cumple con los criterios técnicos para su calificación como Reserva Silvestre Privada de acuerdo al Decreto 20-2017 "Sistema de Evaluación Ambiental de Permisos y Autorizaciones para el Uso Sostenible de los Recursos Naturales.
V
Que el manejo de los recursos naturales en la propiedad Finca Bosque de San Andrés, es propuesta a ser reconocida como Reserva Silvestre Privada, serán administrado bajo los criterios, procedimientos y plan de manejo debidamente aprobados por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA) sujetos al constante monitoreo de acuerdo a las competencias del MARENA, conforme a la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confiere el artículo 60 de la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 28 de la Ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo, artículo 17 de la Ley No. 217 Ley General del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales, el artículo 25, 26 y 27 del Decreto 01-2007, artículo 99 Decreto 20-2017 "Sistema de Evaluación Ambiental de Permisos y Autorizaciones para el Uso Sostenible de los Recursos Naturales".
RESUELVE:
PRIMERO: Reconocer y Aprobar como Reserva Silvestre Privada la Propiedad denominada Finca Bosques de San Andrés, propiedad del señor Enrique José Gómez Toruño, conformada por un total de 80 ha, de las cuales 23 hectáreas, están siendo destinadas como Reserva Silvestre Privada.
SEGUNDO: La Reserva Silvestre Privada Finca Bosque de San Andrés, se encuentra ubicada en el municipio de Malpaisillo en el departamento de León, con la siguiente Coordenada de ubicación georeferencial:
Finca Domitila |
Vértice | Coordenadas X | Coordenadas Y |
1 | 546648 | 1403938 |
TERCERO: Descripción de uso de suelo de toda la propiedad.
Finca Bosque de San Andrés.
Sitio | Especie Aves
(características) | Nombre Común |
1 | Eumomota superciliosa | Guarda barranco |
2 | Melanerpe hoffmani | Pájaro carpintero |
3 | Colombina talpacoti | Tortolita |
4 | Dendrocygna autumnalis | Piche |
5 | Myiarchus tuberculifer | Guis crestioscuro |
6 | Amazona albifrons | Lora frenteblanca |
7 | Setophaga petechia | Reina amarrilla |
8 | butorides virescens | Garcilla Capiverde |
9 | Tyrannus melancholicus | Tirano Tropical |
10 | Turdus grayi | Sensontle |
11 | Calocitta formosa | Urraca copetona |
12 | Brotogeris jugularis | Chocoyo |
13 | Thryophilus pleurostictus | Thryophilus pleurostictus |
14 | Thryophilus pleurostictus | Charralero |
15 | Trogon melanocephalus | Trogoncabicinegro |
16 | Icterus pustulatus | Chichiltote |
17 | Megarynchus pitangua | Guis Picudo |
18 | Piaya cayana | Pájaro león/ Pájaro cuco |
CUARTO: El reconocimiento de la Reserva Silvestre Privada Finca Bosque de San Andrés, estará sujeto a los términos y condiciones establecidos en el convenio de administración de la Reserva Silvestre Privada, así como en el plan de manejo y planes operativos anuales que se aprueben por el MARENA, para su monitoreo y seguimiento.
QUINTO: Procédase a la firma del Convenio de Administración de la Reserva Silvestre Privada Bosque de San Andrés, propiedad del señor Enrique José Gómez Toruño.
SEXTO: La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. (f) Fanny Sumaya Castillo Lara. Ministra, Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales. (MARENA).