APRUEBANSE LOS ACTOS DEL PODER EJECUTIVO EN LOS RAMOS DE GOBERNACIÓN POLICÍA, GRACIAS, BENEFICENCIA Y JUSTICIA
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 09 de mayo de 1913
Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 132 del 12 de junio de 1913
El Presidente de la República,
a sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
“LA ASAMBLEA NACIONAL LEGISLATIVA,
Decreta:
Único- Apruébase los actos del Poder Ejecutivo en los ramos de la Gobernación, Policía, Gracia, Beneficencia y Justicia, desde el mes de noviembre de 1911, hasta enero del año corriente, con que ha dado cuenta á esta Asamblea.
Dado en el Salón de Sesiones-Managua, nueve de mayo de mil novecientos trece-Salvador Chamorro. D. P.-M. J. Morales, D. S.-M. García Otolea, D. S.”
Por tanto-Ejecútese-Casa Presidencial-Managua, doce de mayo de mil novecientos trece- ADOLFO DÍAZ-El Ministro de la Gobernación y sus Anexos -ALFONSO AYÓN.
Observación: El Decreto Legislativo, Apruébanse los Actos del Poder Ejecutivo en los Ramos de Gobernación, Policía, Gracias, Beneficencia y Justicia, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Gobernabilidad.