SE CAMBIA TONALIDAD DEL HIMNO NACIONAL
DECRETO LEGISLATIVO N°. 39, aprobado el 26 de febrero de 1919
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 75 del 02 de abril de 1919
EL Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto núm 39
El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,
Decretan:
Único:- El Himno Nacional escrito en Sol Mayor, quedará para su mejor estructura y voces musicales, en el tono de Mi Bemol Mayor, debiendo orquestarse con la señalada transposición.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, 26 de Febrero de 1919.- Gustavo Paguaga, D. P. - A. Ocón, D. V. S. - Fernando Ig. Martínez, D. S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, 27 de Febrero de 1919.- Sebastián Uriza, S. P. - M. J. Morales, S. S. - Juan J. Ruiz, S. S.
Por tanto:- Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, veintiocho de Febrero de mil novecientos diecinueve. - Emiliano Chamorro. - El Ministro de Guerra, Tomás Masis.
Observación: El Decreto Legislativo N°. 39, Se Cambia Tonalidad del Himno Nacional, se encuentra incorporado en el Anexo I Registro de Normas Vigentes de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Educación.