SE PRORROGA HASTA EL 31 DE AGOSTO CORRIENTE EL DECRETO DE 30 DE MARZO DE 1933 REFERENTE A EXÁMENES POR SUFICIENCIA EN LAS ESCUELAS FACULTATIVAS DE LA REPÚBLICA
DECRETO LEGISLATIVO S/N, aprobado el 20 de junio de 1933
Publicado en La Gaceta de Nicaragua N°. 157 del 20 de julio de 1933
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA:
DECRETA:
Art. 1°. — Prorrogar hasta el 31 de agosto del corriente año, el decreto de 30 de marzo de 1933, referente a exámenes por suficiencia en las Escuelas Facultativas de la República.
Art. 2°. — Esta ley comenzará a regir desde su publicación en La Gaceta.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. – Managua, D.N., junio 16 de 1933. Ildefonso Palma Martínez, D.P. – Edmundo López, D. S. – Art. Zelaya, D. S.
Al Poder Ejecutivo – Cámara del Senado – Mangua, 20 de junio de 1933. – Onofre Sandoval, S. P. – Modesto Armijo, S. S. – Alberto Gómez, S. S.
Por Tanto: - EJECÚTESE – Casa Presidencial – Managua, D. N., veinticuatro de junio de mil novecientos treinta y tres. JUAN B. SACASA, Presidente de la República. – C. URCUYO, Mntro. De I.P. y E.F.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.