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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: S/Definir


SE PRORROGA HASTA EL 31 DE AGOSTO CORRIENTE EL DECRETO DE 30 DE MARZO DE 1933 REFERENTE A EXÁMENES POR SUFICIENCIA EN LAS ESCUELAS FACULTATIVAS DE LA REPÚBLICA

DECRETO LEGISLATIVO S/N, aprobado el 20 de junio de 1933

Publicado en La Gaceta de Nicaragua N°. 157 del 20 de julio de 1933

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

a sus habitantes,

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA:

DECRETA:

Art. 1°. — Prorrogar hasta el 31 de agosto del corriente año, el decreto de 30 de marzo de 1933, referente a exámenes por suficiencia en las Escuelas Facultativas de la República.

Art. 2°. — Esta ley comenzará a regir desde su publicación en La Gaceta.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. – Managua, D.N., junio 16 de 1933. Ildefonso Palma Martínez, D.P. – Edmundo López, D. S. – Art. Zelaya, D. S.

Al Poder Ejecutivo – Cámara del Senado – Mangua, 20 de junio de 1933. – Onofre Sandoval, S. P. – Modesto Armijo, S. S. – Alberto Gómez, S. S.

Por Tanto: - EJECÚTESE – Casa Presidencial – Managua, D. N., veinticuatro de junio de mil novecientos treinta y tres. JUAN B. SACASA, Presidente de la República. – C. URCUYO, Mntro. De I.P. y E.F.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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