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Sin Vigencia
DECRETO, DEROGANDO EL EXPEDIDO EL 20 DE MAYO ÚLTIMO SOBRE QUE NINGUNA PERSONA PODRÍA SALIR DE LA REPÚBLICA SIN PASAPORTE
DECRETO EJECUTIVO S/N, aprobado el 27 de junio de 1865
Publicado en La Gaceta de Nicaragua N°. 31 del 01 de julio de 1865
DECRETO, DEROGANDO EL EXPEDIDO EL 20 DE MAYO ULTIMO
El Capitán Gral. de la República de Nicaragua á sus habitantes.
Habiendo desaparecido los motivos por los cuales se expidió el decreto de 20 de mayo último, en el que se previno que ninguna persona podría salir de la República sin pasaporte del Ministerio respectivo ó de los Prefectos departamentales en su caso; en uso de sus facultades,
Decreta:
Art. único. Derógase en todas sus partes el citado decreto de 20 de mayo último; y en consecuencia cualquiera persona podrá salir de la República sin necesidad de sacar el pasaporte prevenido en la mencionada disposición.
Dado en León, en la Casa de Gobierno, á 27 de junio de 1865. Tomas Martínez. El Ministro de Justicia encargado accidentalmente de la Cartera de Relaciones Exteriores. Antonio Silva.
Observación: El título de esta norma jurídica, se ajustó conforme a su publicación en el Anexo III, de la Ley N°. 1074, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Orden Interno, publicada en la Gaceta, Diario Oficial N°. 34 del 22 de febrero de 2022.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.