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Sin Vigencia
AUTORIZANDO AL GOBIERNO PARA HACER LOS GASTOS NECESARIOS A EFECTO DE PONER EN ESTRECHAS RELACIONES CON EL INTERIOR DE LA REPÚBLICA A LOS HABITANTES DE LA MOSQUITIA
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 24 de marzo de 1861
Publicado en el Código de la Legislación de la República de Nicaragua De la Rocha, Jesús, el 01 de enero de 1864
Art. 1º. Se recomienda al Gobierno el reconocimiento y exploración posible de todo el territorio de la costa norte, que está bajo la soberanía de la República, lo mismo que el cultivo de las mejores relaciones e influencia sobre el jefe de la tribu Mosquita, por medio de personas o personas a propósito.
Art. 2º. Al efecto, y para familiarizar a los nicaragüenses con los mosquitos y con aquellos climas, se le recomienda franquearles el corte y exportación de maderas a un precio bajo, y se le autoriza para habilitar los ríos navegables que desembocan al mar, aun para introducir los efectos de retorno, así como para cerrarlos según exija la conveniencia pública.
Art. 3º. Se le autoriza finalmente, para hacer de la hacienda pública todos los gastos que demanden estos objetos y sus consiguientes.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.