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LEY QUE DECLARA EL 14 DE OCTUBRE DE CADA AÑO, DÍA DE LA INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA
LEY N°. 458, aprobada el 11 de junio de 2003
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 117 del 24 de junio de 2003
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el artículo 9 de la Constitución Política de la República defiende firmemente la unidad centroamericana, y que además apoyará y promoverá todos los esfuerzos para lograr la integración política y económica y la cooperación en Centroamérica así como los esfuerzos por establecer y preservar la paz en la región y que Nicaragua aspira la unidad de los pueblos de América Latina y el Caribe, inspirada en los ideales unitarios de Bolívar y Sandino y en consecuencia participará con los demás países Centroamericanos y Latinoamericanos en la creación o elección de los organismos necesarios para tales fines.
II
Que el 14 de Octubre de 1951 con espíritu visionario los gobiernos de Guatemala, Costa Rica, El Salvador, Honduras y Nicaragua suscribieron la Carta de San Salvador, que crea la Organización de los Estados Centroamericanos (ODECA) de la cual es sucesor y legítimo heredero el Sistema de Integración Centroamericana (SICA), creado por el Protocolo de Tegucigalpa.
III
Que la carta de San Salvador, su reforma de 1962 y el Protocolo de Tegucigalpa de 1991, plasman la idea de una Centroamérica unida, concibiéndola como una Región de Paz, Libertad, Democracia y Desarrollo.
IV
Que para fomentar la vocación integracionista del pueblo nicaragüense es necesario declarar el día 14 de octubre de cada año, Día de la Integración Centroamericana, con el objetivo de que los nicaragüenses puedan contribuir eficazmente a la Unión de Centroamérica como una patria grande, la que soñaron Salvador Mendieta, Francisco Morazán y Justo Rufino Berrios, para difundir las ideas unionistas entre las actuales y futuras generaciones.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
La siguiente:
LEY QUE DECLARA EL 14 DE OCTUBRE DE CADA AÑO “DÍA DE LA INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA”
Artículo 1.- Declárese el 14 de Octubre de cada año como Día de la Integración Centroamericana.
Artículo 2.- El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes instruirá a las entidades educativas de primaria y secundaria, que ese día 14 de Octubre, si fuese día escolar, lo conmemoren con sus alumnos, con los recursos que tengan a disposición.
Artículo 3.- La presente Ley entrará en vigencia, a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes de junio del año dos mil tres. JAIME CUADRA SOMARRIBA, Presidente de la Asamblea Nacional. MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Téngase como Ley de la República. Publíquese y Ejecútese. Managua, veinte de junio del año dos mil tres. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.