Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial

Enlace Legislación Relacionada

Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Educación


SE HABILITA UN TÉRMINO PARA VERIFICAR EXÁMENES EN LAS FACULTADES DE LA REPÚBLICA

DECRETO LEGISLATIVO S/N, aprobado el 30 de junio de 1932

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 168 del 09 de agosto de 1932

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

DECRETAN:

Artículo 1.- Habilitar los treinta días siguientes a la fecha de la publicación de esta ley, para verificar en exámenes ordinarios en las Escuelas Facultativas de la República.

Artículo 2.- Asimismo, se habilitan los treinta días expresados y los quince días subsiguientes a ellos, para inscripciones de alumnos en las mismas Escuelas Facultativos.

Artículo 3.- Esta ley empezará desde su publicación en La Gaceta.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. — Managua, D. N., 23 de junio de 1932. — C. Urbina h., D. P. — H. Argüello C., D. S. — Gustavo A. Noguera, D. S. —(Aquí un Sello).

Al Poder Ejecutivo. — Cámara del Senado — Managua, D. N., 30 de junio de 1932. — C. López Irías, S. P. — J. Cajina Mora, S. S. — D. Stadthagen, S. S. — (Aquí otro Sello).

Por Tanto: EJECÚTESE.- Casa Presidencial.- Managua, 26 de julio de mil novecientos treinta y dos.- J. M. MONCADA.- El Ministro de Instrucción Pública y Educación Física, ANTONIO BARQUERO.

Observación: El Decreto Legislativo S/N, Se Habilita un Término para Verificar Exámenes en las Facultades de la República, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Educación.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa