MODIFICACIÓN DEL DECRETO EJECUTIVO N°. 89, ESTABLÉCESE ESCUELA DE AUDITORÍA Y CONTABILIDAD FISCALES
DECRETO EJECUTIVO Nº. 16, aprobado el 1° de diciembre de 1939
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 3 del 04 de enero de 1940
No. 16
El Presidente de la República,
Considerando:
Que con la experiencia adquirida en el primer año de funcionamiento de la Escuela de Auditoría y Contabilidad Fiscales» ha resaltado la necesidad de dividir en dos curso los estudios de las materias que comprende el programa oficial,
Decreta:
Arto. 1º.- Modificase los Artos; 2º. 4º. y 16 del Decreto Ejecutivo No. 19 fecha 19 de Septiembre de 1938, en la siguiente forma:
Arto. 2º.- La Escuela de Auditoría y Contabilidad Fiscales otorgará el título de Auditor y Contador Fiscales. Los estudios se efectuarán de conformidad con el siguiente plan:
PRIMER CURSO
| Cátedras | Horas por semana |
| Matemáticas y Cálculo Comercial | 6 |
| Leyes Fiscales y Elementos de Economía Política y Ciencia Hacendaria | 6 |
| Contabilidad Comercial y Fiscal Comparadas | 6 |
| Mecanografía | 6 |
| Práctica Fiscal | 6 |
 | 30 |
SEGUNDO CURSO
| Cátedras | Horas por semana |
| Leyes Fiscales, Estadística y Construcción de Gráficos | 3 |
| Contabilidad Fiscal Auditoría Fiscal Aplicada | 3 |
| Mecanografía | 6 |
| Práctica Fiscal | 21 |
 | 36 |
Arto. 3º.- El Director y demás miembros del personal serán designados por el Poder Ejecutivo por medio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Arto. 4º.- Los cursos de la Escuela de Auditoría y Contabilidad Fiscales se abrirán el 15 de Julio de cada año y se cerrarán el 15 de Mayo del siguiente año. Las matriculas deberán efectuarse del 1º al 15 de Julio y los exámenes de asignaturas del 1º al 15 de Mayo de cada año.
Los exámenes de títulos se practicarán dentro de los tres meses siguientes de haberse clásurado el segundo curso.
Arto. 5º.- Este Decreto regirá desde el día 15 del corriente mes de Noviembre y se publicará en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dado en Managua. D. N., Casa Presidencial,- a uno de Diciembre de mil novecientos treinta y nueve. A. SOMOZA. - El Ministro de Hacienda y Crédito Público, J. J. Sánchez R.
Observación: El Decreto Ejecutivo N°. 16, Modificación del Decreto Ejecutivo N°. 89, Establécese Escuela de Auditoría y Contabilidad Fiscales, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Educación.