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Sin Vigencia
UNIVERSIDAD CATÓLICA
DECRETO LEGISLATIVO N°. 518, aprobado el 19 de julio de 1960
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 184 del 13 de agosto de 1960
UNIVERSIDAD CATÓLICA
El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto No. 518
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Arto. 1- La «Universidad Católica Centro Americana, Sección de Nicaragua, gozará de personalidad jurídica tan luego sean aprobados sus Estatutos por el Poder Ejecutivo.
Arto. 2- El Rector de ese centro de cultura ejercerá la representación de la personalidad jurídica de éste.
Arto. 3- Esta Ley principiará a regir desde su publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua D. N., 15 de Julio de 1960.- J. J. Morales Marenco, D. P. - J. Castillo, D. S. - A. Martínez T., D. S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado. Managua, D. N., 19 de Julio de 1960.- Maano Argüello, S. P. - Alfredo Brantome, S. S.- Enrique Belli, S. S.
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial, Managua, D. N., veintitrés de Julio de mil novecientos sesenta.- (f) LUIS A. SOMOZA D, Presidente de la República.- Julio C. Quintana, Ministro de la Gobernación.