Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia
APRUÉBASE RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL SOBRE IMPRESIÓN DE BILLETES CÓRDOBAS
DECRETO EJECUTIVO N°. 73-MEIC, aprobado el 27 de abril de 1972
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 108 del 17 de mayo de 1972
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de las facultades legales pertinentes,
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobar la Resolución No. CD-12-B-72 del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, de fecha 20 de Abril del corriente año, que literalmente dice:
“No. CD-12-B-72 - EL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA, con base en la facultad que le concede el Art. 12, numeral 7, de la Ley Orgánica de la Institución,
RESUELVE:
Previa aprobación del Poder Ejecutivo en el ramo de Economía y obtenida la cotización correspondiente, autorizar a la Administración del Banco Central de Nicaragua para que, con sujeción a lo que establecen los Artos. 10 y 11 de la Ley Monetaria, proceda a una nueva impresión de billetes Córdobas hasta por un total de Cuarenta y Tres Millones Quinientas Cincuenta Mil Formas (43.550.000) de Serie "C", con valor total facial de Trescientos Noventa y Cinco Millones de Córdobas (C$ 395.000.000.00) en las siguientes cantidades y denominaciones:
_______________________________________________________________
Cantidad de Valores
_______________________________________________________________
Formas Denominaciones Faciales
_______________________________________________________________
25,000.000 de C$ 2.00 C$ 50,000.000.00
7,000.000 “ 5.00 35,000.000.00
8,000.000 “ 10.00 80,000.000.00
1,500.000 “ 20.00 30,000.000.00
500.000 “ 50.00 25,000.000.00
1,500.000 “ 100.00 150,000.000.00
50.000 “ 500.00 25,000.000.00
43,550.000 TOTALES 395,000.000.00
Dimensiones: Largo 156 milímetros: Ancho, 67 milímetros.
Leyendas: Anverso: Parte superior del billete: "Banco Central de Nicaragua". Mostrará también una efigie, dibujo o alegoría y la correspondiente denominación en números y debajo de ésta, en letras, para cada forma. Parte inferior del billete: Resolución del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, de 20 de Abril de 1972. Decreto Ejecutivo No. 73-MEIC de 27 de Abril de 1972.
Reverso: Parte superior del billete: "Banco Central de Nicaragua". Ostentará una efigie, dibujo o alegoría, lo mismo que la correspondiente denominación en números por cada forma.
Firmas: Todas estas formas llevarán impresas las leyendas legales que autoricen su impresión, lo mismo que las firmas del General de División Anastasio Somoza Debayle, con el título: "Presidente de la República", la del Doctor Roberto Incer Barquero, con el título "Presidente del Banco Central de Nicaragua" y la del Licenciado Rodolfo Bojorge Moreira, con el título: "Gerente del Banco Central de Nicaragua", y solamente la forma de Dos Córdobas (C$ 2.00) traerá impresas del exterior las tres firmas que autorizan su circulación.
Numeración y Serie: Las formas presentarán en su anverso la numeración doble de su registro colocada en forma diagonal, en los extremos inferior izquierdo y superior derecho. Serie: La Serie para todas las formas será: SERIE "C", impresa en el anverso y en forma diagonal superior izquierda e inferior derecha.
Los colores de los billetes serán iguales para el anverso y reverso en cada una de las siete denominaciones, las que se distinguirán de la siguiente manera:
De C$ 2.00. -El color de fondo será verde olivo. En su anverso aparecerá el dibujo del Banco Central de Nicaragua con su nombre al pie. Dentro del marco del billete llevará impreso un número " 2" y debajo de éste, la frase DOS CÓRDOBAS. En las cuatro esquinas, en tamaño más pequeño un número " 2". La numeración doble de su registro comenzará con el 00000001, hasta completar el total de formas de su denominación; o sea hasta 25.000.000. En el reverso, mostrará un sembradío de algodón. Igual que en el anverso llevará un número " 2", lo mismo que en las cuatro esquinas, en menor tamaño.
De C$ 5.00. -El color de fondo será verde claro. En su anverso mostrará la efigie del Cacique Nicarao, con su nombre al pie. Dentro del marco del billete llevará impreso un número "5" y debajo de éste, la frase CINCO CÓRDOBAS. En las cuatro esquinas y en tamaño más pequeño, un número "5". La numeración doble de su registro comenzará con el 0000001; hasta completar el total de formas de su denominación, o sea hasta 7.000.000. En el reverso ostentará como alegoría la figura de un trabajador, con su nombre al pie. Igual que en el anverso llevará un número "5", lo mismo que en las cuatro esquinas, en menor tamaño.
De C$ 10.00. -El color de fondo será rojo. En su anverso mostrará la efigie de Andrés Castro, con su nombre al pie. Dentro del marco del billete llevará impreso un número "10" y debajo de éste, la frase DIEZ CÓRDOBAS. En las cuatro esquinas, en tamaño más pequeño un número "10". La numeración doble de su registro comenzará con el 0000001, hasta completar el total de formas de su denominación, o sea hasta 8.000.000. En el reverso, ostentará la Casa Hacienda "San Jacinto" con su nombre al pie. Igual que en el anverso mostrará un número "10", lo mismo que en las cuatro esquinas, en menor tamaño.
De C$ 20.00. -El color de fondo será anaranjado. En su anverso mostrará a Rafaela Herrera, con su nombre al pie. Dentro del marco del billete llevará impreso un número "20" y debajo de éste, la frase VEINTE CÓRDOBAS. En las cuatro esquinas, en tamaño más pequeño, un número "20". La numeración doble de su registro comenzará con el 0000001, hasta completar el total de formas de su denominación, o sea hasta 1,500.000. En su reverso mostrará el acto del canje de ratificación de la Abrogación del Tratado Chamorro-Bryan, con su leyenda al pie. Igual que en el anverso mostrará un número "20", lo mismo que en las cuatro esquinas, en menor tamaño.
De C$ 50.00. -El color de fondo será lila púrpura. En su anverso mostrará la efigie de Máximo Jerez, con su nombre al pie. Dentro del marco del billete llevará impreso un número " 50" y debajo de éste, la frase CINCUENTA CÓRDOBAS. En las cuatro esquinas, en tamaño más pequeño, un número "50". La numeración doble de su registro comenzará con el 000001, hasta completar el total de formas de su denominación, o sea hasta 500,000. En el reverso mostrará un tema sobre ganadería con su nombre al pie. Igual que en el anverso mostrará un número "50", lo mismo que en las cuatro esquinas, en menor tamaño.
De C$ 100.00. -El color de fondo, será púrpura. En su anverso, ostentará la efigie de José Dolores Estrada, con su nombre al pie. Dentro del marco del billete llevará impreso un número "100" al centro y debajo de éste, la frase CIEN CÓRDOBAS; en las cuatro esquinas, en tamaño más pequeño, el número "100". La numeración doble de su registro comenzará con el 0000001, hasta completar el total de formas de su denominación, o sea hasta 1,500.000. En el reverso, mostrará la Flor Nacional (Sacuanjoche) con su leyenda al pie. Igual que en el anverso mostrará un número "100", lo mismo en las cuatro esquinas, en menor tamaño.
De C$ 500.00. -El color de fondo será negro. En su anverso, mostrará la efigie de Rubén Darío, con su nombre al pie. Dentro del marco del billete llevará impreso un número " 500" y debajo de éste la frase QUINIENTOS CÓRDOBAS. En las cuatro esquinas, en tamaño más pequeño, el número "500". La numeración doble de su registro comenzará con el 00001, hasta completar el total de formas de su denominación, o sea hasta 50,000. En su reverso mostrará una vista del Teatro Nacional Rubén Darío, con su nombre al pie. Igual que en el anverso mostrará un número "500", lo mismo que en las cuatro esquinas, en menor tamaño.
Artículo 2.- El presente Decreto surte sus efectos desde el día de hoy y deberá ; de publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, veintisiete de Abril de mil novecientos setenta y dos. - A. SOMOZA.- Presidente de la República. – JUAN JOSÉ MARTÍNEZ L.- Ministro de Economía, Industria y Comercio”.