Sin Vigencia
(APRUÉBASE UN DECRETO)
DECRETO EJECUTIVO N°. 09, aprobado el 16 de febrero de 1955
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 42 el 22 de febrero de 1955
El Presidente de la República,
Vista la solicitud presentada por el Dr. Eduardo Montealegre Callejas, en su carácter de Gerente del Banco Nicaragüense, que es una institución bancaria autorizada, relativa a que apruebe la creación de una Sucursal de dicho Banco en la ciudad de Chinandega, así como la elevación a la categoría de Sucursal de la oficina que el mismo Banco tiene establecida en la ciudad de León, y
Considerando:
Que en cumplimiento del inciso Arto. 6 de la Ley General de Instituciones Bancaria, el Ministerio de Economía presentó informe respecto a la solicitud en la que se hace referencia al Señor Superintendente de Bancos habiendo dictaminado este funcionario considerablemente, en vista de la importancia de las Ciudades en que se pretende el establecimiento de las sucursales, y de la capacidad del Banco solicitante para atender el movimiento de tales oficinas.
Por Tanto:
Y en uso de las facultades que le confiere el Arto. 195 numeral 3) Cn. y el Arto. 6 inciso 16 de la Ley General de Instituciones Bancarias,
DECRETA:
Único. – Apruébase la creación de una Sucursal del Banco Nicaragüense en una de las ciudades de Chinandega y,
Comuníquese y publíquese. – Casa Presidencial. – Managua, Distrito Nacional dieciséis de Febrero de mil novecientos cincuenta y cinco. – A. SOMOZA. – El ministro de Economía, A. Baca Muñoz.