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(OTORGAR LA ORDEN JOSÉ DE MARCOLETA, EN EL GRADO DE “GRAN CRUZ”, AL EXCELENTÍSIMO SEÑOR RENATO MARÍA RICCI, EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO DE LA REPÚBLICA ITALIANA ANTE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA)
ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 105-2015, aprobado el 7 de julio del 2015
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 131 del 14 de julio del 2015
El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra
CONSIDERANDO
I
Que es propósito del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional de la República de Nicaragua, reconocer al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Italiana acreditado ante el Gobierno de la República de Nicaragua, Excelentísimo Señor Renato María Ricci, al término de su Misión Diplomática en Nicaragua (2013-2015), por sus esfuerzos para estrechar los lazos de amistad y colaboración entre Nicaragua e Italia.
II
Que durante el ejercicio de sus funciones en la Misión Diplomática, se destaca su gestión a favor del fortalecimiento de los vínculos políticos, comerciales y de colaboración entre Nicaragua e Italia, propiciando encuentros al más alto nivel, destacando la visita a Nicaragua del Sub Secretario de Estado para Asuntos Exteriores y de la Cooperación Internacional de Italia, Sr. Mario Giro. También gestionó activamente la Firma del Acuerdo Intergubernamental del Programa de Desarrollo del Sector Lácteo en la cuenca ganadera del suroeste del Río San Juan y Ruta Santo Tomás, el Rama (PRODERUL), así como del Programa "Commodity Aid." El Embajador Renato María Ricci, también impulsó otros mecanismos de cooperación a favor del fortalecimiento de las relaciones económicas y de la inversión. Asimismo destacan sus acciones a favor del intercambio de las relaciones culturales entre la República de Nicaragua y la República Italiana.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
ACUERDA
Artículo 1. Otorgar la Orden José de Marcoleta, en el Grado de "Gran Cruz", al Excelentísimo Señor RENATO MARÍA RICCI, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Italiana ante el Gobierno de la República de Nicaragua.
Artículo 2. Comunicar el presente Acuerdo al Excelentísimo Señor Embajador de la República Italiana en Nicaragua.
Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día siete de julio del año dos mil quince. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.