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Sin Vigencia
SE RATIFICA EL DECRETO EJECUTIVO N°. 18-2005 QUE AUTORIZA EL INGRESO Y PERMANENCIA EN EL TERRITORIO NACIONAL DE FRAGATA DE VIGILANCIA PRAIRIAL
DECRETO A.N. N°. 4217, aprobado el 26 de abril de 2005
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 92 del 13 de mayo de 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El Siguiente:
DECRETO
Artículo 1. - De conformidad a lo establecido en el párrafo tercero del artículo 92 de la Constitución Política, ratifíquese el Decreto Ejecutivo N°. 18-2005 que autoriza el ingreso y permanencia en el territorio de la República de Nicaragua de la Fragata de Vigilancia PRAIRIAL, buque de la Marina Nacional Francesa, compuesta de 94 efectivos y sus equipos, en el período comprendido del 3 al 6 de mayo del 2005; la que realizará con el Ejército de Nicaragua ejercicios de intercambios de experiencias en la preparación, adiestramiento y la organización de operaciones humanitarias de rescate, evacuación y auxilio, en caso de desastres, autorizando sobrevuelos de ejercicios de adiestramientos de navegación sobre tierra y aguas territoriales para un helicóptero ALQUETE III, tipo SA 319 B, a bordo de la Fragata.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil cinco. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional.Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, cuatro de Mayo del dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.