Sin Vigencia
MODIFÍCASE ARTO. 5º DEL REGLAMENTO DE LA ORDEN NACIONAL MIGUEL LARREYNAGA DE 16 DE SEPTIEMBRE DE 1968
DECRETO EJECUTIVO N°. 1, aprobado el 15 de febrero de 1972
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 125 del 06 de junio de 1972
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de las facultades que le confiere el Decreto Legislativo No. 1491, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial, No. 211. del lunes 16 de Septiembre de 1968.
DECRETA:
ÚNICO: El artículo 5º del Reglamento de la Orden Nacional Miguel Larreynaga se leerá así:
EL GRAN COLLAR, a los Jefes de estado.
LA GRAN CRUZ, a Presidentes de Poderes del Estado; Vicepresidentes de la República; Ex-Jefes de Estado; Ministros y Vice-Ministros de Estado; Embajadores; Generales de División; Mayores Generales y Directores de Protocolo.
GRAN OFICIAL, a los Miembros del Poder Legislativo; Magistrados; Enviados Extraordinarios y Ministros Plenipotenciarios; Presidentes de Entes Autónomos; Rectores de Universidad; Ministros Consejeros de Embajada y Generales de Brigada.
ENCOMIENDA, a Encargados de Negocios; Subdirectores de Protocolo; Consejeros de Embajada; Directores Generales de Organismos del Estado; Catedráticos de Universidad; Coroneles y Tenientes-Coroneles.
OFICIAL, a Secretarios de Embajada; Cónsules Generales; Altos Funcionarios; Directores de Institutos de Servicio Público; Miembros del Magisterio; Mayores y Capitanes.
CABALLERO, a Adjuntos de Protocolo; Agregados de Embajada; Cónsules; Vice-Cónsules; Tenientes; Sub-Tenientes y Particulares”.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, D. N., 15 de Febrero de 1972.- A. SOMOZA.- EL MINISTRO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES.- LORENZO GUERRERO”.