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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N°. 2104, SUSCRITO EL 03 DE ABRIL DE 2013, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), PARA FINANCIAR PARCIALMENTE LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE FOMENTO A LA PRODUCTIVIDAD AGROPECUARIA SOSTENIBLE (PFPAS)
DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 7194, aprobado el 11 de junio de 2013
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 109 del 13 de junio del 2013
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 44-2013 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 43 del 6 de marzo del 2013, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 03 de abril de 2013, el Contrato de Préstamo No. 2104 con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).
II
Que mediante el Contrato de Préstamo No. 2104 el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), le otorgó a la República de Nicaragua un préstamo por un monto de Diez Millones de Dólares (US$ 10,000,000.00), moneda de los Estados Unidos de América, a quince (15) años de plazo, incluyendo tres (3) años de gracia, con una tasa de interés ordinaria del cinco punto noventa por ciento (5.90%) anual sobre saldos, ajustable y revisable trimestralmente durante la vigencia del Préstamo, Comisión de Seguimiento y Administración de un cuarto del uno por ciento (1/4 del 1%) sobre el monto del préstamo, pagadera de una sola vez a más tardar el momento del primer desembolso, para financiar parcialmente la ejecución del “Programa de Fomento a la Productividad Agropecuaria Sostenible” (PFPAS), a cargo del Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR) y el Instituto Nicaragüense de Tecnología Agropecuaria (INTA).
III
Que la implementación del “Programa de Fomento a la Productividad Agropecuaria Sostenible” (PFPAS) permitirá incrementar la productividad agropecuaria sostenible, fortaleciendo su relación con las cadenas productivas, de tal manera que se produzca un aumento de los ingresos de las familias rurales.
IV
Que la concesionalidad de los recursos del BCIE, combinada con la concesionalidad de los fondos provenientes del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), permite una tasa de concesionalidad ponderada en armonía con los lineamientos de la “Política de Endeudamiento Público 2013”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 138 del 24 de julio de 2012.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N. N°. 7194
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2104, SUSCRITO EL 03 DE ABRIL DE 2013, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), PARA FINANCIAR PARCIALMENTE LA EJECUCIÓN DEL “PROGRAMA DE FOMENTO A LA PRODUCTIVIDAD AGROPECUARIA SOSTENIBLE” (PFPAS)
Artículo 1 Apruébese el Contrato de Préstamo No. 2104, por un monto de Diez Millones de Dólares (US$ 10,000,000.00), moneda de los Estados Unidos de América, suscrito el 03 de abril de 2013, por el Gobierno de la República de Nicaragua, representado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), para financiar parcialmente la ejecución del “Programa de Fomento a la Productividad Agropecuaria Sostenible” (PFPAS), el que será ejecutado por el Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR) y el Instituto Nicaragüense de Tecnología Agropecuaria (INTA).
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigente a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los once días del mes de junio del año dos mil trece. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
Observación: Se respeta la publicación de esta norma jurídica en La Gaceta, Diario Oficial, referente al Art.