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Sin Vigencia
ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA UN ARTÍCULO DE OTRO EXPEDIDO POR EL HON. PROTOMEDICATO GENERAL DE LA REPÚBLICA
ACUERDO EJECUTIVO, aprobado el 29 de junio de 1890
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 150 del 04 de julio de 1890
Acuerdo por el que se aprueba un artículo de otro expedido por el Hon. Protomedicato General de la República.
El Gobierno aprueba el artículo siguiente, acordado por el Hon. Protomedicato General, de la República en sesión de 2 del corriente mes.
“Art. 3 - Siendo un inconveniente para el ejercicio de la profesión médica, la falta de una Farmacopea que rija ó regule el despacho de las medicinas recetadas por los Profesores, en las boticas autorizadas legalmente; por cuanto el resultado de la aplicación de los medicamentos sin una regla fija, no puede corresponder al cálculo del Profesor, se acuerda: que todas las boticas despachen las fórmulas conforme lo prescrito por el Codex Francés. Este acuerdo se elevará al supremo Gobierno para su aprobación, y empezará á regir seis meses después de su publicación.”
Comuníquese – Managua, 29 de junio de 1890 – Sacasa – El Ministro de la Gobernación – Paniagua.