DERÓGASE LA LEY QUE REGLAMENTA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y DEL PODER JUDICIAL
DECRETO LEGISLATIVO S/N, aprobado el 23 de diciembre de 1915
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 295 del 29 diciembre de 1915
El Presidente de la República,
A sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
DECRETAN:
Art. 1º.- Derógase la ley de cinco de mayo del año corriente, que reglamenta la elección del Presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Poder Judicial.
Art. 2º.- La Corte Suprema de Justicia, en el mes de diciembre de cada año designará, por elección entre sus miembros, el Magistrado Propietario de esa Corte que debe ejercer su Presidencia y la del Poder Judicial en el siguiente año. No será permitido elegir Presidente al que hubiese ejercido ese cargo en el período anterior.
Art. 3º.- De la misma manera designará otro Magistrado Propietario que con el nombre de Vicepresidente, hará las veces de Presidente en caso de falta de éste, y se establecerá el orden en que los otros Magistrado han de sustituir al Presidente en defecto del Presidente y Vicepresidente.
Art. 4º.- Las Cortes de Apelaciones y las Salas correspondientes elegirán sus respectivos Presidentes por el mismo período y en la misma forma a que se refiere el artículo 2°.
Art. 5º.- Esta ley comenzará a regir desde su publicación en La Gaceta.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado- Managua, 21 de diciembre de 1915. - Pedro González, S. P. - Sebastián Uriza, S. S. - Vicente Román, S. S.
Al Poder Ejecutivo - Cámara de Diputados - Managua, veintitrés de diciembre de mil novecientos quince. - Salvador Chamorro, D. P. - Saturnino Arana, D. S. - R. Enriquez, D. S.
Por tanto:
Ejecútese- Casa Presidencial- Managua, veintisiete de diciembre de 1915. - ADOLFO DÍAZ. - El Ministro de la Guerra y Marina encargado accidentalmente del Despacho de Justicia, J.A. URTECHO.
Observación: El Decreto Legislativo S/N, Derógase la Ley que Reglamenta la Elección del Presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Poder Judicial, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa.