DECLÁRESE ZONA CATASTRAL LOS DEPARTAMENTOS DE JINOTEGA Y NUEVA SEGOVIA
DECRETO EJECUTIVO N°. 19-2013, Aprobado el 14 de Mayo del 2013
Publicado en La Gaceta,Diario Oficial N°. 92 del 21 de Mayo del 2013
El Presidente de la República
Comandante Daniel Ortega Saavedra
CONSIDERANDO ÚNICO
Que se cuenta con las condiciones y los elementos técnicos y financieros suficientes para el establecimiento del Catastro Físico en los Departamentos de Jinotega y Nueva Segovia conforme a la propuesta recibida de la Comisión Nacional de Catastro, según lo establece el numeral 19 del artículo 13 de la Ley No. 509, “Ley General de Catastro Nacional”, publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 11 del 17 de Enero del 2005.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DECLÁRESE ZONA CATASTRAL LOS DEPARTAMENTOS DE JINOTEGA Y NUEVA SEGOVIA
Artículo 1. Declárese Zona Catastral a los Departamentos de Jinotega y Nueva Segovia para los efectos consignados en el artículo número 23 de la Ley No. 509, “Ley General de Catastro Nacional”, publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 11 del 17 de Enero del 2005 y artículo número 47 de su Reglamento, publicado en la Gaceta, Diario Oficial No. 176 del 9 de Septiembre del 2005.
Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día catorce de Mayo del año dos mil trece. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.