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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: S/Definir

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DECRETO, DELEGANDO FACULTADES AL PODER EJECUTIVO

DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 04 de marzo de 1882

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 10 del 09 de marzo de 1882

El Presidente de la República,

á sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,

Decretan:

Único – Deléganse en el Poder Ejecutivo las facultades consignadas en la fracción 25 del art. 42 de la Constitución.

Dado en la Sala del Senado – Managua, Marzo de 4 de 1882. – A. H. Rivas, P. - José María Rojas, S. – Ramón Saenz, S.

Al Poder Ejecutivo – Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados – Managua, Marzo 4 de 1882. – Adrián Zavala, P. – Juan F. Callejas, V. S. – Isidoro Gómez, S.

Por tanto: Ejecútese – Managua, Marzo 6 de 1882. – Joaquín Zavala – El Ministro de la Gobernación – Vicente Navas.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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