DECRETO, DELEGANDO FACULTADES AL PODER EJECUTIVO
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 4 de marzo de 1882
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 10 del 9 de marzo de 1882
El Presidente de la República, á sus habitantes, Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,
Decretan:
Único – Deléganse en el Poder Ejecutivo las facultades consignadas en la fracción 25 del art. 42 de la Constitución.
Dado en la Sala del Senado – Managua, Marzo de 4 de 1882 – A. H. Rivas P.- José María Rojas, S. – Ramón Saenz, S.- Al Poder Ejecutivo – Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados – Managua, Marzo 4 de 1882 – Adrián Zavala, P. – Juan F. Callejas, V. S. – Isidoro Gómez, S.-Por tanto: Ejecútese – Managua, Marzo 6 de 1882 – Joaquín Zavala – El Ministro de la Gobernación – Vicente Navas.