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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Sistema de Administración Financiera

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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO Nº. 1644P, SUSCRITO EL 17 DE ABRIL DE 2015, ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL FONDO OPEP PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL (OFID), PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA RANCHO ROJO-LA CALAMIDAD

DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 7750, aprobado el 02 de junio de 2015

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 103 del 04 de junio de 2015

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial Nº. 44-2015 publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 50 del 13 de marzo de 2015, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 17 de abril de 2015, el Convenio de Préstamo Nº. 1644P, con el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional (OFID).

II

Que mediante el referido Convenio de Préstamo Nº. 1644P, el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional (OFID) le otorga al Gobierno de la República de Nicaragua, un financiamiento por un monto de Siete Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$7,000,000.00) en carácter de préstamo, para financiar el “Proyecto de Mejoramiento de la Carretera Rancho Rojo-La Calamidad”, que será ejecutado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura.

III

Que el préstamo contratado con el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional (OFID), tiene una concesionalidad ponderada de 39.75% combinados con los recursos contratados para el Sector Transporte y de 28.44% de concesionalidad para este préstamo. Podemos decir que este préstamo, está en armonía con los Lineamientos de la Política de Endeudamiento Público de 2015, Decreto Nº. 35-2014, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 131 del 15 de julio de 2014, con los objetivos propuestos en la Estrategia Nacional de Deuda Pública 2013-2015, Decreto No. 45-2012, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 241 del 17 de diciembre de 2012, con lo establecido en la Ley Nº. 477, “Ley General de Deuda Publica”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 236 del 12 de diciembre de 2003 y con el artículo 50, numeral 3, del Reglamento Decreto Nº 2-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 21 del 30 de enero de 2004.

POR TANTO

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO A. N. N°. 7750

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO Nº.1644P, SUSCRITO EL 17 DE ABRIL DE 2015, ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL FONDO OPEP PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL (OFID), PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA RANCHO ROJO-LA CALAMIDAD

Artículo 1 Apruébese el Convenio de Préstamo Nº. 1644P, suscrito el 17 de abril de 2015 entre la República de Nicaragua, representada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público de la República de Nicaragua y el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional (OFID), por un monto de Siete Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$7,000,000.00), en carácter de préstamo para financiar el “Proyecto Mejoramiento de la Carretera Rancho Rojo-La Calamidad”, que será ejecutado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura.

Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los dos días del mes de junio del año dos mil quince. Lic. Iris Montenegro Blandón, Presidenta por la Ley de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
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