Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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(TRANSPARENCIA DE ACCIONES AL FONDO DE CREDITO RURAL)

ACUERDO MINISTERIAL No.. 41-2000, Aprobado el 25 de Septiembre 2000

Publicado en La Gaceta No.190 del 09 de Octubre del 2000

EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades.

ACUERDA:

PRIMERO: Procédase a transferir al Fondo de Crédito Rural, las acciones No. 54 y 55 de la Bolsa Agropecuaria S.A, que pertenecieron al extinto Banco Nacional de Desarrollo, y que hoy son propiedad del Ministerio de Hacienda y Crédito Público por traslado de cartera y otros activos según Decreto Ejecutivo No, 48-97, APOYO Y RESPALDO A LOS DEPOSITANTES DEL BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, publicado en la Gaceta No, 161 del 25 de Agosto de 1997.

SEGUNDO: Cada una de las acciones tienen un valor nominal de C$ 5,000.00 (CINCO MIL CÓRDOBAS). Estas acciones servirán para que el Fondo de Crédito Rural establezca un Puesto de Bolsa-

TERCERO: El Fondo de Crédito Rural no podrá vender, ceder o traspasar el dominio y/o posesión legal de estas acciones sin la autorización expresa por escrito del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

CUARTO: El presente Acuerdo surte efecto a partir de esta fecha y deberá publicarse en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veinticinco días del mes de Septiembre del año dos mil.- ESTEBAN DUQUE ESTRADA, Ministro de Hacienda y Crédito Público
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