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Legislación de Nicaragua
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_Publicación oficial
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Banca y Finanzas

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Sin Vigencia

DEFINIENDO EL VALOR INTRÍNSECO DE LA MONEDA DECIMAL DE LA REPÚBLICA DE COSTA-RICA

DECRETO EJECUTIVO S/N, aprobado el 18 de marzo de 1869

Publicado en La Gaceta de Nicaragua N°. 14 del 03 de abril de 1869

El Presidente de la República

á sus habitantes,

Estando computado el valor intrínseco de la moneda de Costa-Rica á razón de diez i siete pesos por trece pesos setenta centavos: usando de la atribución 12 del artículo 55 de la Carta fundamental.

Decreta:

Artículo único- El valor intrínseco de la moneda decimal de la República de Costa-Rica, es de ocho centavos por un décimo.

Comuníquese- Dado en Managua, en la Casa de Gobierno á 18 de marzo de 1869-Fernando Guzmán.-El Ministro de Gobernación.-A.II. Rivas.
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