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CONSULTA DE RECIBOS FISCALES EN LA PÁGINA WEB INSTITUCIONAL
DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA GENERAL N°. 01-2021 aprobada el 26 de enero de 2021
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 35 del 19 de febrero de 2021
El suscrito Director General de Ingresos, en uso de las facultades que le confiere el artículo 152, numeral 3 y artículo 223, numeral 5 de la Ley Nº. 562, "Código Tributario de la República de Nicaragua" y de conformidad con el artículo 6 de la Ley Nº. 691, Ley de Simplificación de Trámites y Servicios en la Administración Pública.
CONSIDERANDO
ÚNICO
Que la Administración Tributaria, en el marco de modernización de los diferentes procesos y con el fin de brindar una mejor atención a los contribuyentes, responsables y público en general, ha diseñado un mecanismo que facilite la consulta y reimpresión de sus recibos fiscales.
DISPONE,
PRIMERO: Poner a disposición de los contribuyentes, responsables y público en general, la opción de consulta y reimpresión de recibos fiscales, a través de la página web institucional http://www.dgi.gob.ni/#/. en el menú "Consulta de documentos en línea'',
SEGUNDO: Para la consulta y reimpresión de recibos fiscales emitidos hasta al año 2011, inclusive, se debe digitar el número preimpreso y serie; en cambio, para los recibos del año 2012 y siguientes, se debe digitar el número de recibo SIT; en ambos casos, se tiene que indicar el motivo.
TERCERO: El recibo fiscal reimpreso bajo este mecanismo será válido sin firma ni sello.
CUARTO: Esta disposición entra en vigencia a partir de su publicación en la página web institucional, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dada en la ciudad de Managua, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil veinte y uno. (f) Martín Gustavo Rivas Ruiz, Director General de Ingresos.