Normas Jurídicas de Nicaragua
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Materia: Administrativa
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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REFORMA AL ARTO. 315 DEL DECRETO N°. 71-98

DECRETO EJECUTIVO N°. 58-99, aprobado el 28 de abril de 1999

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 85 del 10 de mayo de 1999

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

DECRETA

Artículo 1.- Se reforma al Arto. 315 del Decreto No. 71-98. publicado en Las Gacetas Nros. 205 y 206 del 30 y 31 de Octubre de 1998 respectivamente, el que se leerá así:

“Arto. 315. Los Ministerios de Estado deberán remitir a la Secretaría de la Presidencia el respectivo Manual de Organización y Procedimientos a más tardar el 30 de Julio de 1999, quien los unificará en el Manual de Organización y Procedimientos del Poder Ejecutivo, el que será presentado al Presidente de la República para su aprobación”.

Artículo 2.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintiocho de Abril de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
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