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DECLARESE ZONA CATASTRAL AL DEPARTAMENTO DE MADRIZ
DECRETO EJECUTIVO N°. 8-2006, aprobado el 13 de febrero de 2006
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 35 del 17 de febrero de 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
Que se cuenta con las condiciones y los elementos técnicos y financieros suficientes para el establecimiento del Catastro Físico en el Departamento de Madriz, conforme a la propuesta recibida de la Comisión Nacional de Catastro, según lo establece el numeral 19 del Artículo 13 de la Ley No. 509 “Ley General de Catastro Nacional”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 11 del 17 de enero del 2005.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Arto 1.- Declárese Zona Catastral al Departamento de Madriz para los efectos consignados en el Arto. 23 de la Ley No. 509 “Ley General de Catastro Nacional”, publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 11 del 17 de enero del 2005 y Arto. 47 de su Reglamento, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 176 del 9 de septiembre del 2005.
Arto 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el trece de febrero del año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.