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Sin Vigencia
CONTRIBUCIÓN DEL ESTADO PARA ERECCIÓN DE MONUMENTO Y CONSTRUCCIÓN DE PARQUE EN "LA CRUZ DE ESPAÑA", RIVAS
DECRETO EJECUTIVO N°. 1748, aprobado el 14 de octubre de 1970
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 274 de 01 de diciembre de 1970
El Presidente de la República, a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Artículo 1.- Para erección de un monumento y la construcción de un parque en el sitio conocido como "La Cruz de España", en el Departamento de Rivas, el Estado deberá erogar por primera vez la cantidad de Cincuenta Mil Córdobas (C$50,000.00), incluyéndola en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, correspondiente al año 1971.
Artículo 2.- La suma que se refiere el artículo anterior, se entregará por el Poder Ejecutivo a la Alcaldía Municipal de la ciudad de Rivas, para su administración directa o delegada en la Corporación o Asociación que ella misma disponga.
Artículo 3.- El monumento que se erija será de acuerdo con las voces del Decreto N°. 1423 de 13 de Enero de 1968, publicado en "La Gaceta" No. 11 del mismo año.
Artículo 4.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados Managua, D.N., 8 de octubre de 1970.- (f) Salvador Castillo, D. P.- Francisco Urbina Romero, D. S.- Adolfo González Baltodano, D.S.
Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado, Managua, D.N., 14 de octubre de 1970.- (f) Gustavo F. Chávez, S. P.- (f) Pablo Rener, S. S.- (f) Adán Solórzano C., D.S.
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D.N. Diecinueve de octubre de mil novecientos setenta.- (f) A. SOMOZA, Presidente de la República.- M. Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C.P.".