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ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE UNA ASOCIACIÓN ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UN LADO, Y CENTROAMÉRICA, POR OTRO
DECRETO A.N. N°. 7002, aprobado el 17 de octubre de 2012
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 212 del 06 de noviembre de 2012
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. N°. 7002
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE UNA ASOCIACIÓN ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UN LADO, Y CENTROAMÉRICA, POR OTRO
Artículo 1 Apruébese el “Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro” y sus anexos, suscrito el 29 de junio de 2012 en Tegucigalpa, Honduras.
Art. 2 El “Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro”, y sus anexos, entrarán en vigencia una vez cumplido lo establecido en el numeral 12 del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y el apartado 2. del artículo 353 del Acuerdo antes referido.
Art. 3 El Presidente de la República procederá a publicar en La Gaceta, Diario Oficial, el “Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro”, y sus anexos, considerando ambos, parte integrante de este Decreto.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil doce. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.