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AUTORIZACIÓN PARA LA PRIVATIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE TURNICA A FAVOR DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE NICARAGUA
ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 213-95, aprobado el 28 de agosto de 1995
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 182 del 29 de septiembre de 1995
El Presidente de la República de Nicaragua,
CONSIDERANDO
I
Que es propósito fundamental del Gobierno de la República ir sentando bases para el despegue económico del país.
II
Que existen una serie de áreas de actividades que han venido siendo ejecutadas por Corporaciones y Empresas de propiedad estatal, siendo el desarrollo y comercialización de este tipo de sectores de la economía más propia de la función empresarial de la iniciativa privada, reservándose el Estado una función normativa y reguladora.
III
Que el Estado a través de CORNAP, controla y administra bienes entre los cuales se encuentran las instalaciones físicas contiguo a CADIN que actualmente ocupa la empresa NUEVA TURNICA adscrita a COTUR, localizados de la rotonda de Plaza España 300 metros hacia el sur, que consisten en edificios, obras de infraestructura y terrenos.
IV
Que asimismo el Gobierno ha recibido solicitud de los miembros de la CÁMARA DE COMERCIO DE NICARAGUA para que le sean vendidas dichas instalaciones habiéndose efectuados acuerdos y compromisos al respecto.
V
Que la reactivación del comercio es fundamental para la estabilidad económica y social del país y por ello es necesario impulsar acciones que redunden en el incremento de la eficacia, productividad y beneficios para este sector. Es igualmente preocupación del Gobierno enviar a los inversionistas y a los mercados una clara señal de compromiso en impulsar la reactivación económica y la democratización de la propiedad.
VI
Ante esta situación y en aras de procurar el beneficio del gremio indicado.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente Acuerdo de:
AUTORIZACIÓN PARA LA PRIVATIZACIÓN DE INSTALACIONES DE TURNICA A FAVOR DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE NICARAGUA
Artículo 1.-Apruébase la propuesta presentada por la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP), contenida en la Resolución No. CCXCVIII-2. En consecuencia autorizase la privatización de los bienes del Estado a que hace referencia la mencionada resolución, tomando en cuenta lo dispuesto en los siguientes artículos.
Artículo 2.-Se faculta a la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP), para que en los términos contenidos en la nominada propuesta lleve a cabo los actos necesarios y conducentes para la legalización de dicho traspaso, efectuando las negociaciones, delegaciones, designaciones y demás actos y trámites necesarios y conducentes para este efecto. Se ratifica lo ya actuado o adelantado al respecto.
Artículo 3.-Autorízase desde ahora al Procurador General de Justicia para subsanar omisiones y a comparecer ante Notario Público en cualquier acto a que se refiere el presente Acuerdo, donde se requiera su intervención, a fin de firmar los documentos pertinentes.
Artículo 4.-hSirva la Certificación del presente Acuerdo y de la Toma de Posesión del Señor Procurador General como suficientes documentos habilitantes para acreditar su representación y celebrar los actos correspondientes.
Artículo 5.-El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veintiocho días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y cinco. Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.