Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia
NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES FINANCIERAS
RESOLUCIÓN N°. CD-SIBOIF-1153-2-FEB11-2020
De fecha 11 de febrero de 2020
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 48 de 11 de marzo de 2020
NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES FINANCIERAS
El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras,
CONSIDERANDO
I
Que el artículo 174 de la Ley No. 561, Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 232, del 30 de noviembre de 2005 (Ley General de Bancos), contenida en la Ley No. 974, "Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Banca y Finanzas'', publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 164, del 27 de agosto de 2018, y sus actualizaciones (Ley del Digesto Jurídico), establece que el capital social mínimo de una sociedad financiera no podrá ser menor de treinta y tres millones de Córdobas (C$33,000,000.00).
II
Que el mismo artículo 174 ordena al Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos a actualizar el monto del capital social mínimo requerido para las sociedades financieras por lo menos cada dos años en caso de variaciones cambiarias de la moneda nacional.
III
Que mediante Norma sobre Actualización del Capital Social de las Sociedades Financieras, contenida en Resolución N° CD-SIBOIF-1040-2-FEB9-2018, de fecha 9 de febrero de 2018, publicada en El Nuevo Diario del 20 de febrero de 2018, y en La Gaceta, Diario Oficial No. 40, del 26 de febrero de 2018, se actualizó en sesenta millones de córdobas (C$60, 000,000.00) el capital social mínimo requerido para las sociedades financieras.
IV
Que de acuerdo a las consideraciones antes expuestas y con base en el artículo 3, numerales 3) y 13) de la Ley No. 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 196, del 14 de octubre de 1999, contenida en la Ley del Digesto Jurídico.
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
La siguiente:
RESOLUCION N°. CD-SIBOIF-1153-2-FEB 11-2020
NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES FINANCIERAS
Artículo 1. Actualización de capital social.- Se actualiza en sesenta y cinco millones seiscientos veintiún mil córdobas (C$65, 621,000.00) el capital social mínimo requerido para las sociedades financieras.
Artículo 2. Plazo.- Las sociedades financieras actualmente operando, que a la entrada en vigencia de la presente Norma tengan un capital social mínimo, suscrito y pagado, por debajo del establecido en el artículo precedente, deberán tenerlo pagado a más tardar siete (7) días calendario después de la próxima Asamblea General Ordinaria de Accionistas.
Para las sociedades financieras que sean autorizadas para constituirse y operar en el país con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente Norma, el cumplimiento del capital social actualizado deberá efectuarse al momento de su constitución.
Artículo 3. Derogación.- Se deroga la Norma sobre Actualización del Capital Social de las Sociedades Financieras, aprobada por el Consejo Directivo de la Superintendencia mediante Resolución Nº CD-SIBOIF1040-2-FEB9-2018, de fecha 9 de febrero de 2018, publicada en El Nuevo Diario del 20 de febrero de 2018 y La Gaceta, Diario Oficial No. 40, del 26 de febrero de 2018.
Artículo 4. Vigencia.- La presente Norma entrará en vigencia a partir de su publicación en un diario de amplia circulación nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. (F) S. Rosales C. (F) Ilegible (Luis Ángel Montenegro E.) (F) Fausto Reyes B. (F) Ilegible (Silvio Moisés Casco Marenco) (F) Ilegible (Rafael Ángel Avellán Rivas). (f) RAFAEL ÁNGEL AVELLÁN RIVAS, Secretario Consejo Directivo, SIBOIF