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Sin Vigencia
DE REFORMA AL DECRETO N°. 71-98, REGLAMENTO DE LA LEY N°. 290 Y SUS REFORMAS, LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO
DECRETO EJECUTIVO N°. 02-2015, aprobado el 10 de enero de 2015
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 7 del 13 de enero de 2015
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa
DECRETO No. 02-2015
El Presidente de la República
Comandante Daniel Ortega Saavedra
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE REFORMA AL DECRETO N°. 71-98, REGLAMENTO DE LA LEY N°. 290 Y SUS REFORMAS, “LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO.
Artículo 1. En materia de la estructura de la Presidencia de la República, se adiciona el numeral 1.19 al artículo 4 del Decreto N°. 71-98 y sus reformas “Reglamento de la Ley N°. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, el que se leerá así:
“Artículo 4. Estructura. Para el adecuado funcionamiento, la Presidencia de la República se estructura en:
1. Asesores del Presidente de la República:
…1.19. Asesor del Presidente de la República para Asuntos de Energía con énfasis en Fuentes Renovables”.
Artículo 2. El presente Decreto surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día diez de enero del año dos mil quince. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.