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Categoría normativa: Acuerdo Ejecutivo
Materia: Deporte Educación Física y Recreación Física


DISPOSICIÓN SOBRE LOS JUEGO PÚBLICO DE SPORT

ACUERDO EJECUTIVO, aprobado el 05 de agosto de 1915

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 178 del 07 de agosto de 1915

El Presidente de la República,

Considerando:

Que han ocurrido algunos desórdenes en los juegos de base-ball y a fin de evitarlos en cuanto sea posible, asegurando la mejor vigilancia por parte de la autoridad.

Acuerda:

1°- Los juegos públicos de sport, de toda especie, cuando en ellos medien desafíos o apuestas, deberán precisamente verificarse en el lugar que con anterioridad hayan señalado los Jefes políticos departamentales dentro de su respectiva jurisdicción.

2°- La contravención a lo dispuesto en el artículo anterior, será penada con una multa de ocho córdobas, a favor de la Junta de Beneficencia en donde la hubiere, o de los fondos municipales en donde no existan tales juntas, además de la obligación por parte de la autoridad de policía de impedir el juego que se trate de llevar a efecto fuera del lugar designado.

3°- Los expresados juegos no podrán verificarse en días de trabajo, antes de las cinco de la tarde, salvo que el Jefe Político haya concedido permiso.

4°- Las autoridades de policía vigilarán dicho juego y dictarán las medidas necesarias para evitar desgracias.

5°- La presente disposición comenzará a regir desde su fecha de su publicación en La Gaceta.

Comuníquese – Palacio Nacional. Managua, 5 de agosto de 1915 – DÍAZ – El Ministro de Policía – AYÓN.

Observación: El Acuerdo Ejecutivo, Disposición sobre los Juego Público de Sport, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas Sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Deporte, Educación Fisíca y Recreación Física.
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